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La protección de datos en el ámbito sanitario

La protección de datos en el ámbito sanitario

La protección de datos en el ámbito sanitario 150 150 Tino Quintana

Los datos de salud pertenecen a la esfera más personal e íntima de una persona Por tanto, su protección no sólo es consecuencia del derecho a tener una vida privada. En el fondo está en juego la dignidad personal de cada ser humano, que debe ser tratado como una persona, no como un “caso”, es decir, como un ser único e irrepetible. No es algo, sino alguien, un sujeto digno de respeto.

Los servicios sanitarios trabajan con información personal que sólo puede ser gestionada eficazmente con el apoyo de las tecnologías de la información y la comunicación. Los datos de salud son instrumentos necesarios para garantizar la asistencia sanitaria de las personas, y, por tanto, están íntimamente vinculados al derecho a la vida, a la intimidad y la protección de la salud.

Los imperativos básicos de la ética adquieren también aquí todo su significado: que el ser humano sea humano y actúe con sentido humano; que lo humano sea practicar lo bueno y lo justo; que lo bueno y lo justo gire en torno a la órbita de la dignidad humana; y que la dignidad humana se verifique en el cumplimiento de los derechos humanos.

Para mayor información, véase, por ejemplo, Enciclopedia de Bioderecho y Bioética

El artículo completo de esta entrada puede verse en Protección de datos en salud

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Tino R. Quintana

Profesor de Ética, Filosofía y Bioética (Jubilado)
Oviedo, Asturias, España

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